PROYECTO DE PROTECCIÓN INTEGRAL CON ESCOLTAS A VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y FAMILIA EN EL PRINCIPADO DE ASTURIAS 

 

Se han movilizado organizaciones sociales, políticas, judiciales, etc. intentando eliminar las causas que provocan esta violencia, por medio de programas de concienciación y formación cuyos resultados se verán sin duda en el medio o largo plazo. No obstante, dada la complejidad de este fenómeno, se presentan enormes dificultades para una reducción efectiva del número de víctimas mortales, máxima expresión de que el aumento o refuerzo de los medios en los casos de mayor riesgo requieren un esfuerzo adicional.

 

Las causas son múltiples, y entre ellas puede estar la insuficiencia de recursos humanos disponibles o la dificultad en emplearlos en estos fines, lo cierto es que la administración está avanzando despacio en dar solución a esta importantísima parte del problema y la sociedad tiene la impresión de que no se está ofreciendo la necesaria protección a la totalidad de las potenciales víctimas.

 

Por este motivo desde la Asociación Profesional de Vigilantes de Seguridad Privada de Asturias, con el aval y respaldo de la Asociación Española de Escoltas (ASES), crean un “Plan Integral de Protección” para dichas personas, con el fin de contribuir a paliar y reducir en la medida de lo posible las agresiones y muertes que se están produciendo, sumando los recursos de nuestro sector y los profesionales que la componen a los existentes en franca y adecuada colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los Juzgados, Tribunales y servicios sociales para la disuasión y prevención de estos delitos.

El objetivo es, no solo proporcionar protección frente a agresiones a las víctimas, sino proporcionar la seguridad y tranquilidad imprescindible para el normal desarrollo de cualquier actividad humana. Es básica, por tanto, la existencia de un efecto disuasorio, que lleve al agresor a desistir de sus pretensiones ante la imposibilidad de acometerlas.

 

Es evidente que la magnitud del problema justifica que sean llevadas a cabo todas y cada una de las inversiones y esfuerzos necesarios, nada tiene más valor que una vida, y no hay causa más justa que defender al más débil. Además, debe tenerse en cuenta que, junto a la seguridad de la víctima, la protección prestada en los términos propuestos, supone unos beneficios sociales y económicos que deben ser tenidos en cuenta, entre ellos:

 

  • La evitación del drama humano para las víctimas y sus familias.
  • La disminución del coste social y económico:

 

  1. Por un lado, de la preocupación de los ciudadanos debido al espectacular aumento de casos con resultado de muerte y lesiones graves.
  2. 2. Por otro lado, de los costes económicos que se generan cuando se pone en marcha la maquinaria administrativa, judicial y penitenciaria cada vez que la víctima sufre una nueva agresión. (Intervención de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Servicios Sociales, Juzgados y Tribunales, Centros Penitenciarios, Organismos de Protección de menores, etc.)
  3. En este sentido, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de de Protección Integral contra la Violencia de Género” pone de manifiesto la necesidad de dar protección a las mujeres, ya que es a ellas contra quinen se dirige este tipo de violencia por el mismo hecho de serlo, por considerarlas sus agresores carentes de los derechos mínimos de liberta, respeto y capacidad de decisión.
  1. Desde hace algún tiempo, Comunidades Autónomas como Valencia, País Vasco y Navarra han comenzado a contratar escoltas privados para velar por la seguridad de las mujeres maltratadas. La prestación de los servicios profesionales por parte de los Escoltas, mediante la convocatoria de concursos públicos y posterior adjudicación a las empresas de seguridad inscritas en el registro del Ministerio del Interior, (como ejemplo el Gobierno del País Vasco, que lo aplica desde el año 2015) facilitaría el encaje legal, reglamentario y normativo para el desarrollo del proyecto, siempre y cuando las Administraciones implicadas apuesten por el mismo, cada una desde su ámbito competencial (Justicia, Fiscalía, Delegación del Gobierno, etc.).

    Los Escoltas Privados, habilitados por el Ministerio del Interior, no sólo tienen la capacidad, formación y capacitación de protección y vigilancia en aquellas situaciones donde la Seguridad Pública no pueda o carezca de recursos operativos, sino también la legitimación legal para ejercer tales funciones, tal y como han hecho en otras situaciones de alto riesgo en todo el Estado Español, y en Asturias no tendría por qué ser una excepción cuando los resultados positivos en otras comunidades así lo avalan.

    Se ha demostrado que, después de varios años ejerciendo la protección de las víctimas de violencia de género y de violencia en el ámbito doméstico, por parte de los Escoltas Privados, esta medida ha conseguido resultados óptimos y más que satisfactorios, reduciendo, prácticamente, este grave problema en los lugares donde ha sido implantado. No sólo se protege a la víctima o potencialmente víctima de violencia de género con medidas disuasorias una vez activados los protocolos previa decisión judicial de las medidas de salvaguarda, sino que se pueden adoptar acciones preventivas, de vigilancia y contra vigilancia sobre el agresor o presunto agresor, lo que reforzaría la posición y autoestima de la víctima.

    Agradeceríamos la difusión de esta información a través de su medio de comunicación.

    Atentamente,

    El Presidente de A.VI.S.P.A. ASTURIAS

    Fdo. Jorge Cuesta